Condiciones generales de contratación
Condiciones generales de venta y entrega
la compañia EFFEKTA – Regeltechnik GmbH, Rottweil
Observación preliminar:
Las siguientes condiciones de venta y entrega complementan la legislación aplicable y forman la base de los contratos de entrega y servicio del empresario (usuario).
Sólo se aplican a los comerciantes si el contrato forma parte de su actividad comercial, a las personas jurídicas de derecho público o a los fondos especiales de derecho público.
I. Aplicación
- Los pedidos serán vinculantes en cuanto al tipo y volumen de suministro solo tras la confirmación del pedido por parte del proveedor. Los cambios y adiciones deberán realizarse por escrito.
- En el caso de relaciones comerciales en curso, estos términos y condiciones también se aplican a las transacciones futuras, incluso si no se comunican expresamente nuevamente al cliente. Los términos y condiciones se considerarán aceptados a más tardar en el momento de realizar el pedido o de aceptar la entrega o el servicio. Si otras disposiciones del comprador o del proveedor debieran sustituir estas Condiciones Generales, deberán ser acordadas expresamente por los socios.
- Las condiciones de compra contrarias o divergentes del comprador solo vincularán al proveedor si éste las acepta expresamente por escrito.
II. Precios
- La determinación del precio vinculante solo se realizará tras la confirmación por escrito del pedido por parte del proveedor y siempre que los datos del pedido en los que se basa la confirmación del pedido permanezcan inalterados. Los precios del proveedor se expresan en euros más el impuesto sobre las ventas legal aplicable en el momento de la entrega, a menos que se indique lo contrario.
- Si durante un período de entrega de más de cuatro meses se produce un cambio en la base de precios (aumento del precio de las materias primas, cambio en las tasas de sueldos y salarios), el proveedor se reserva el derecho de ajustar el precio en consecuencia.
- Los gastos de embalaje, envío, seguro y otros gastos de envío no están incluidos y se cobrarán por separado.
- Cualquier cambio en el elemento de trabajo realizado a solicitud del cliente después de que se haya confirmado el pedido se le cobrará al cliente.
- Las entregas parciales podrán facturarse por separado.
III. Cantidad de entrega, tiempo de entrega
- Se permiten entregas superiores o inferiores a las solicitadas de hasta un 10 % de la cantidad solicitada por razones de producción.
- El proveedor tiene derecho a realizar entregas parciales.
- Los plazos de entrega comienzan a contar desde la fecha de confirmación del pedido por parte del EFFEKTA – Regeltechnik GmbH. Los plazos de entrega indicados por el proveedor se refieren a la fecha de envío de la mercancía. Se considerarán cumplidos si la mercancía sale de fábrica en ese momento o si se informa al cliente de que está lista para su entrega.
- El plazo de entrega acordado se aplica siempre después de que se hayan aclarado todos los detalles técnicos y comerciales.
En este sentido se trata básicamente de plazos de entrega no vinculantes. Las fechas de entrega solo serán vinculantes si la fecha de entrega ha sido confirmada por escrito como vinculante para el cliente. - Si para la producción de la obra o para la ejecución de la entrega es necesaria una acción por parte del Cliente, el plazo de entrega sólo comenzará cuando dicha acción haya sido completamente realizada por el Cliente.
- En caso de retraso en la entrega, el cliente podrá rescindir el contrato transcurrido un plazo de gracia razonable sin resultado; En caso de que el proveedor no pueda cumplir, tendrá derecho a este derecho incluso sin conceder un plazo de gracia.
El retraso en la entrega equivale a la imposibilidad si la entrega no se efectúa durante más de un mes.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 7, se excluyen las reclamaciones por daños y perjuicios (incluidos los daños consecuentes); Lo mismo se aplica al reembolso de gastos. - La exclusión de responsabilidad prevista en el apartado 6 no se aplicará si se ha acordado una exclusión o limitación de responsabilidad por daños resultantes de lesiones a la vida, al cuerpo o a la salud, que se basen en un incumplimiento intencional o negligente del deber por parte del usuario o en un incumplimiento intencional o negligente del deber por parte de un representante legal o agente indirecto del proveedor; Tampoco se aplicará si se ha acordado una exclusión o limitación de responsabilidad por otros daños que se basen en un incumplimiento intencional o por negligencia grave del deber por parte del proveedor o en un incumplimiento intencional o por negligencia grave del deber por parte de un representante legal o agente indirecto del proveedor.
Si el proveedor incumple culposamente una obligación contractual esencial o una “obligación cardinal”, la responsabilidad no queda excluida, sino limitada al daño previsible típico del contrato.
En caso de reembolso de gastos se aplicará lo anterior en consecuencia. - Las limitaciones de responsabilidad de los apartados 6 y 7 no se aplican si se ha pactado una transacción comercial de plazo fijo; Lo mismo se aplica si el cliente puede alegar que su interés en la ejecución del contrato ha cesado debido a la demora atribuible al proveedor.
- Los acontecimientos de fuerza mayor del proveedor o de sus subcontratistas prolongarán el plazo de entrega en consecuencia. Esto también se aplica en caso de intervenciones oficiales, dificultades en el suministro de energía y materias primas, huelgas, cierres patronales y dificultades de suministro imprevisibles, siempre que no sean responsabilidad del proveedor. El proveedor notificará esto inmediatamente al comprador.
IV. Transferencia de riesgo, embalaje y envío
- En caso de obligación de cobro, el riesgo pasa al cliente en el momento de la entrega a éste. Lo mismo se aplica a las deudas de envío desde el momento de la entrega al transportista. En el caso de obligaciones de entrega, el riesgo se transmite cuando la mercancía sale de las instalaciones de la fábrica.
- En caso de retrasos en el envío imputables al cliente, el riesgo se transmitirá en el momento de la notificación de la preparación para el envío.
- Salvo acuerdo en contrario, el proveedor elegirá el método de embalaje y envío a su propia discreción. A petición escrita del cliente, la mercancía se asegurará contra rotura, daños de transporte y incendio a cargo del cliente.
V. Reserva de dominio
- Los suministros siguen siendo propiedad del proveedor hasta que se hayan pagado todas las reclamaciones actuales y futuras derivadas de la relación comercial, incluso si se ha pagado el precio de compra de las reclamaciones específicamente designadas. En el caso de una factura vigente, la reserva de dominio sobre las entregas (mercancía reservada) sirve como garantía para la factura restante del proveedor.
- Si el cliente actúa incumpliendo el contrato, en particular si se retrasa el pago, el proveedor tiene derecho a recuperar la mercancía; En este caso, el comprador se compromete a recuperar la mercancía. La devolución sólo constituirá un desistimiento del contrato si así lo declara expresamente el proveedor. Los costes ocasionados al proveedor por la devolución (en particular los costes de transporte) correrán a cargo del comprador. El proveedor también tiene derecho a prohibir al comprador revender o procesar las mercancías entregadas bajo reserva de dominio y a revocar cualquier autorización de débito directo que haya podido conceder. El comprador sólo podrá solicitar la entrega de la mercancía retirada sin declaración expresa de desistimiento después de haber pagado íntegramente el precio de compra y todos los costes.
- El comprador está obligado a tratar la mercancía con cuidado.
- El comprador no podrá pignorar, transferir o ceder como garantía el objeto de entrega ni los créditos que lo sustituyan.
En caso de embargos u otras intervenciones de terceros, el Comprador deberá notificarlo inmediatamente por escrito al Proveedor para que éste pueda interponer una acción de conformidad con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil. Los costes que queden a cargo del proveedor a pesar de ganar el litigio de conformidad con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, correrán a cargo del comprador. - El comprador tiene derecho a revender, procesar o mezclar los bienes en el curso normal de sus negocios; Sin embargo, el cliente cede al proveedor todas las reclamaciones derivadas de la reventa, el procesamiento, la mezcla u otras razones legales (en particular, de seguros o actos ilícitos) por el importe del importe final de la factura acordado con el proveedor (IVA incluido).
El comprador sigue teniendo derecho a cobrar estas reclamaciones incluso después de la cesión, sin que ello afecte al derecho del proveedor a cobrar la reclamación en sí. Sin embargo, el proveedor se compromete a no cobrar el crédito mientras el cliente cumpla con sus obligaciones de pago con los ingresos recibidos, no se encuentre en mora de pago y no se haya presentado una solicitud de apertura de procedimiento de insolvencia o se hayan suspendido los pagos.
Sin embargo, en este caso, el comprador debe informar al proveedor sobre los créditos cedidos y los deudores cuando éste lo solicite, proporcionar toda la información necesaria para el cobro, entregar los documentos pertinentes e informar al deudor (tercero) sobre la cesión.
La autorización de domiciliación bancaria podrá ser revocada por el proveedor en caso de incumplimiento del contrato (en particular, impago) por parte del cliente. - La reserva de dominio se extiende también a los productos resultantes de la transformación, mezcla o combinación de las mercancías entregadas por su valor íntegro, realizándose estas operaciones para el proveedor, de modo que se consideren fabricación. Si durante el procesamiento, mezcla o combinación con mercancías de terceros subsisten los derechos de propiedad de terceros, el proveedor adquirirá la copropiedad en proporción a los valores objetivos de estas mercancías.
- El Comprador también cede al Proveedor todas las reclamaciones contra terceros que surjan de la conexión de los objetos de entrega con bienes inmuebles, con el fin de garantizar las reclamaciones del Comprador contra el Proveedor.
- Las garantías a que tenga derecho el proveedor no se tomarán en cuenta en la medida en que el valor de las mismas exceda en más del 30% el valor de los créditos a garantizar.
- La afirmación de la reserva de dominio en caso de mora en el pago o de peligro, así como el embargo del objeto de entrega por parte del proveedor, se considerarán una rescisión del contrato.
VI. Condiciones de pago
- Todos los pagos deberán realizarse en euros exclusivamente al proveedor.
- Salvo acuerdo en contrario, el precio de compra deberá pagarse contra reembolso o mediante cheque por adelantado. En este último caso, la entrega se efectuará una vez abonado el cheque. En casos excepcionales los plazos de pago son de 14 días netos.
- Si el Comprador incurre en mora en el pago, el Proveedor tiene derecho a cobrar intereses de demora a una tasa del 8% por encima de la tasa de interés base. Podrá probar y facturar pérdidas de intereses mayores en cualquier momento.
- El incumplimiento de las condiciones de pago, la demora o circunstancias que puedan reducir la solvencia del Comprador darán lugar a que todos los créditos del Proveedor sean exigibles de inmediato. Además, el proveedor tiene derecho a rescindir el contrato después de un período de gracia razonable o a exigir una indemnización en lugar del cumplimiento.
- El comprador sólo tendrá derecho a compensación si sus contrademandas han sido legalmente establecidas, son indiscutibles o han sido reconocidas por el proveedor.
- El cliente tendrá derecho a ejercer un derecho de retención en la medida en que su contrademanda se base en la misma relación contractual.
- En principio, el proveedor no está obligado a aceptar letras de cambio ni cheques. Los créditos a este respecto siempre están sujetos a redención (en pago, no en lugar de cumplimiento); Se realizan con fecha valor del día en que el proveedor puede disponer del valor equivalente. Las letras de cambio se computarán en el descuento cobrado por el proveedor en concepto de reenvío, timbres y gastos bancarios, así como cualquier gasto de cobro.
- Nos reservamos el derecho a reclamar cualquier otro derecho contractual o legal en caso de incumplimiento.
VII. Responsabilidad por defectos
Si el comprador cumple con sus obligaciones de inspección y notificación de defectos de acuerdo con la Sección 377 del Código de Comercio Alemán (HGB), el proveedor será responsable de los defectos en la entrega en la siguiente medida:
- Si existe un defecto significativo en el artículo comprado, el proveedor tiene derecho, a su discreción, a remediar el defecto o a entregar un artículo libre de defectos (cumplimiento posterior). Si el cumplimiento posterior falla, el proveedor tiene derecho a un cumplimiento posterior repetido. Incluso en caso de cumplimiento posterior repetido, el proveedor decide entre una nueva entrega y la subsanación de los defectos. Si uno o ambos tipos de cumplimiento posterior fueran imposibles o desproporcionados, el Proveedor tendrá derecho a rechazarlos. El proveedor también podrá rechazar el cumplimiento posterior siempre que el cliente no cumpla con sus obligaciones de pago en la medida que corresponda a la parte libre de defectos del servicio.
- Si el cumplimiento posterior según el apartado 1 es imposible o falla, el comprador tiene derecho a reducir el precio de compra en consecuencia o a rescindir el contrato de conformidad con las disposiciones legales. El comprador tendrá derecho a estos derechos en particular si el cumplimiento posterior se retrasa o se rechaza culposamente por parte del proveedor o si falla por segunda vez. Salvo que se indique lo contrario a continuación (apartado 4), se excluyen otras reclamaciones del cliente, independientemente de la base legal (en particular, reclamaciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones contractuales primarias y secundarias, reembolso de gastos con excepción de los previstos en el artículo 439, apartado 2, del Código Civil alemán (BGB), actos ilícitos y otra responsabilidad extracontractual). Esto se aplica en particular a las reclamaciones por daños ajenos al objeto de compra y a las reclamaciones por indemnización por lucro cesante; Se incluyen aquí también las reclamaciones que no resulten de la defectuosidad del artículo adquirido.
- Las disposiciones anteriores se aplicarán también a la entrega de un artículo diferente o de una cantidad menor.
- La exclusión de responsabilidad según el apartado 2 no se aplica si se acuerda una exclusión o limitación de responsabilidad por daños resultantes de lesiones a la vida, el cuerpo o la salud, que se basen en un incumplimiento intencional o negligente del deber por parte del usuario o en un incumplimiento intencional o negligente del deber por parte de un representante legal o agente indirecto del usuario. Tampoco se aplicará si se ha acordado una exclusión o limitación de responsabilidad por otros daños que se basen en un incumplimiento intencional o por negligencia grave del deber por parte del usuario o en un incumplimiento intencional o por negligencia grave del deber por parte de un representante legal o agente indirecto del usuario. Si el proveedor incumple una obligación contractual esencial o una “obligación cardinal”, la responsabilidad no queda excluida, sino limitada al daño previsible típico del contrato. En caso contrario se excluye de conformidad con el apartado 2.
La exclusión de responsabilidad no se aplica si se incurre en responsabilidad según la Ley de Responsabilidad del Producto por lesiones personales o daños a la propiedad de artículos de uso privado como resultado de defectos en el artículo entregado.
Lo mismo se aplica en los casos en que el proveedor ha otorgado una garantía o se ha asegurado al comprador ciertas propiedades del artículo comprado y un defecto cubierto por esta garantía genera la responsabilidad del proveedor.
En caso de reembolso de gastos se aplicará lo anterior en consecuencia. - Las reclamaciones por cumplimiento posterior, daños y perjuicios y resarcimiento del uso prescriben un año después de la entrega de la cosa.
Esto no se aplica a un artículo que haya sido utilizado para un edificio de acuerdo con su propósito habitual y haya causado que el edificio sea defectuoso. En este caso, el plazo de prescripción sólo comienza a correr después de cinco años.
Las reclamaciones de reducción y el ejercicio del derecho de desistimiento quedan excluidos si el derecho a un cumplimiento posterior ha expirado.
Sin embargo, en el caso de la frase 3, el comprador puede negarse a pagar el precio de compra en la medida en que tendría derecho a hacerlo debido a la rescisión o la reducción. En caso de exclusión del derecho de desistimiento y posterior negativa de pago, el proveedor tendrá derecho a rescindir el contrato. - Las reclamaciones por recurso del fabricante no se verán afectadas por esta sección.
- No se acepta ninguna responsabilidad por daños resultantes de un uso inadecuado o indebido, de un montaje defectuoso por parte del cliente o de terceros, de una manipulación defectuosa o negligente o del desgaste natural. Además, el Proveedor no será responsable de los daños causados por materiales operativos inadecuados, trabajos de construcción defectuosos, materiales de reemplazo, influencias químicas, electroquímicas o eléctricas (a menos que el Proveedor sea responsable de ellos) o por modificaciones o trabajos de reparación inadecuados realizados por el Cliente o terceros sin la aprobación previa del Proveedor. Lo mismo se aplica en caso de reelaboración no autorizada o manipulación indebida.
- Los daños durante el transporte deben comunicarse inmediatamente a la empresa de transporte que los entrega. Se deben seguir las instrucciones del médico respecto a los pasos a seguir. Bajo ningún concepto podrán devolvernos mercancías dañadas durante el transporte sin instrucciones nuestras o de la empresa de transporte.
VIII. incumplimiento del deber
- La responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones por parte del proveedor se limita a los incumplimientos intencionales o por negligencia grave.
- En particular, cuando se proporcionan trabajos según las especificaciones del cliente, se excluye la responsabilidad por la infracción de los derechos de propiedad intelectual de terceros. El proveedor no está obligado a comprobar los derechos de propiedad intelectual de terceros.
IX. Software
En la medida en que los programas estén incluidos en el volumen de suministro, se concede al comprador un derecho de uso simple e ilimitado sobre éstos, lo que significa que no podrá copiarlos ni permitir que otros los utilicen. Un derecho de uso múltiple requiere un acuerdo escrito especial. En caso de incumplimiento de estos derechos de uso, el comprador será plenamente responsable de cualquier daño resultante.
X. Lugar de cumplimiento, jurisdicción y ley aplicable
- El lugar de ejecución es Rottweil.
- La jurisdicción es Rottweil, siempre que el comprador sea también comerciante. El proveedor tiene derecho a demandar al comprador en otros lugares de jurisdicción permitidos.
- Para todas las reclamaciones y derechos derivados de este contrato se aplicará la legislación de la República Federal de Alemania. Se excluye expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
XI. disposiciones finales
- Los cambios en el contrato u otros acuerdos complementarios sólo serán válidos si son confirmados por escrito por el proveedor.
- Los derechos del comprador derivados del negocio jurídico con el proveedor no son transferibles.
- Si alguna de las disposiciones de estos términos y condiciones fuera total o parcialmente ineficaz o inválida, esto no afectará a la validez de las disposiciones restantes. Las partes contratantes se comprometen a pactar una regulación que alcance en gran medida el sentido o el propósito de la disposición ineficaz o nula.
(A partir del: 2025 de abril de XNUMX)